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Publicadas las condiciones para acceder a los fondos FEDER que financiarán proyectos de renovación energética de edificios e infraestructuras públicas

Edificios rehabilitadosEl pasado viernes 4 de agosto se publicó en el BOE la Resolución de 31 de julio de 2017 de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), por la que se realiza la convocatoria para la selección y realización de proyectos de renovación energética de edificios e infraestructuras existentes de la Administración General del Estado a cofinanciar con los fondos FEDER.

Estos fondos, que ascienden a más de 95 millones de euros, tienen la finalidad de incentivar y promover la realización de actuaciones, por parte de las diferentes entidades, organismos o departamentos que componen la Administración General del Estado, que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono mediante la ejecución de proyectos de ahorro y eficiencia energética y energías renovables, en sus respectivos edificios o infraestructuras existentes, favoreciendo el cumplimiento de los objetivos previstos en el Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020.

Según indican las bases de la convocatoria, podrán acceder a los fondos los diferentes departamentos de la Administración General del Estado, sus organismos y entidades públicas dependientes, siempre que estas últimas no desarrollen actividad comercial o mercantil, cuando sean propietarios o titulares de los edificios o infraestructuras para los que se solicita ayuda al objeto de realizar una renovación energética.

Plazo de presentación de solicitudes y vigencia de la convocatoria

Las solicitudes correspondientes a la presente convocatoria podrán presentarse desde el día siguiente a aquel en que concluya el plazo de un mes natural desde la fecha de publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.

b) Que se llegue al 31 de diciembre de 2018 sin haberse cursado solicitudes suficientes para agotar el presupuesto disponible.

El IDAE, en calidad de Organismo Intermedio del POCS será el responsable en primer lugar, de seleccionar los proyectos a cofinanciar, determinando el gasto subvencionable de los mismos que deberá ser realizado por el beneficiario con cargo a sus propios presupuestos. Correspondiendo al IDAE también examinar las justificaciones de gasto remitidas por los organismos beneficiarios y realizar las verificaciones necesarias (incluidas las verificaciones sobre el terreno) que permitan certificar dichos gastos a la Autoridad de Gestión del POCS. La correspondiente ayuda comunitaria, una vez ingresada en el Tesoro Público, será abonada a cada organismo por orden de la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

La cofinanciación regulada en la convocatoria se concederá a aquellos solicitantes que reúnan las condiciones para su obtención, por el mero hecho de realizar el comportamiento establecido en sus bases reguladoras y cumplir las condiciones y los requisitos exigidos, siempre que las ayudas previamente adjudicadas no hayan sobrepasado el presupuesto disponible o hubiera expirado el período de vigencia de la convocatoria. Ello determina que sean procedimientos iniciados a solicitud del interesado.

Junto con la solicitud, entre otra documentación exigida por las bases reguladoras, deberá de presentarse Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer con el contenido mínimo establecido en dichas bases y de acuerdo con el formato y modelo disponible en la página web del IDAE.

Más información:

idae


www.idae.es

Acceder al BOE-A-2017-8814

Modificado por última vez enJueves, 25 Noviembre 2021 20:08

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