Libertad de expresión Valtonyc ingresará en prisión tras denegarle el Constitucional el recurso de amparo
La plataforma de apoyo al rapero ha difundido a través de las redes sociales la decisión del TC.
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Sociedad
El rapero Valtonyc ingresará definitivamente en prisión después de que el Tribunal Constitucional haya rechazado admitir a trámite el recurso contra la condena de tres años y medio confirmada por el Supremo.
La plataforma de apoyo al rapero ha difundido a través de las redes sociales la noticia. En el texto afirman que la decisión "abre la puerta para recurrir ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo", ya que el rechazo es "muestra de nivel de la baja calidad de la justicia española que no nos sorprende".
— Llibertat Valtonyc (@FreeValtonyc) 11 de mayo de 2018
Valtonyc fue condenado por la Audiencia Nacional en febrero de 2017 a 3 años y medio de cárcel por tres delitos (enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona y amenazas), si bien la pena a la que se le sentenció por cada una no sobrepasó los 2 años de prisión.
La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) ya se posicionó cuando la condena fue confirmada por el Supremo afirmando que "España tiene una legislación fuera de los parámetros internacionales sobre libertad de expresión suscritos por nuestro país".
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Una legislación fuera de los parámetros internacionales sobre libertad de expresión lleva al rapero @valtonyc a la cárcel. Derogación YA. https://t.co/Vih3YFXgOz
— PDLI (@PDLI_) 20 de febrero de 2018
Joan Barata, jurista experto en Derecho Internacional y miembro de la PDLI explica las tres razones por las que la prisión del rapero atenta contra la libertad de expresión.
“En términos generales, la privación de libertad o incluso el uso del derecho penal para perseguir meras expresiones o ideas (libros, canciones, etc.) constituye de por sí una medida desproporcionada y por consiguiente expresamente condenada por parte de los organismos relevantes de Naciones Unidas, el Consejo de Europa y el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, declara Barata.
El jurista afirma que “el Tribunal de Derechos Humanos tiene una jurisprudencia muy clara y sólida (reflejada, entre otros, en un caso contra España, precisamente, por supuestas calumnias al Rey), en virtud de la cual los ordenamientos no pueden otorgar una protección especial y cualificada a sus cargos e instituciones más importantes, sino más bien al contrario, permitir un mayor grado de crítica e incluso ataque por tratarse de instituciones públicas que deben encontrarse sujetas al cuestionamiento y escrutinio ciudadano en el marco de una democracia”.
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Por último, Barata señala que el uso de tipos delictivos relacionados con el terrorismo "sólo es aceptable cuando la expresión correspondiente pueda ser efectivamente ligada a una voluntad y efecto de dar lugar o provocar acciones terroristas. Expresiones genéricas de deseos u otra forma de provocación en este terreno, por más ofensivas y reprobables que puedan ser consideradas por determinados sectores de la población no pueden ser perseguidas sin incurrir en el riesgo de crear un ambiente de intimidación en aquellos que quieren expresar opiniones extremas, provocadoras e incluso chocantes, las cuales deben ser plenamente protegidas en el seno de una sociedad plural y democrática”.
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