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¿Hacienda no te ha ingresado la renta? No te preocupes, estos son los plazos de devolución
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¿Hacienda no te ha ingresado la renta? No te preocupes, estos son los plazos de devolución

Si la Agencia Tributaria se retrasa en el pago de la renta de 2017, tendría que abonar al contribuyente un interés de demora del 3,75%

Foto: Declaración de la renta. (Pixabay)
Declaración de la renta. (Pixabay)

La declaración de la renta es uno de los trámites administrativos anuales que más dudas genera entre los contribuyentes. Este año, el plazo para presentar la documentación necesaria ante la Agencia Tributaria finalizó el pasado 2 de julio y, desde entonces, el organismo público ha devuelto ya más de siete millones de euros a casi 12 millones de ciudadanos.

La cifra de devoluciones se corresponde con el 84,4% de las mismas, sin embargo, los contribuyentes restantes podrían recibir el dinero en los próximos días, o no, ya que cabe recordar que el abono del dinero no se hace a través de una devolución automática, sino que el personal de la Agencia Tributaria dispone de un periodo de seis meses desde que se termina el plazo de presentación de las declaraciones de la renta para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución solicitada.

Así, teniendo en cuenta que este año el plazo para presentarla se cerró el 2 de julio, Hacienda dispone hasta principios de enero para devolver la renta, pudiendo el contribuyente tener que esperar hasta esta fecha límite para percibir el importe que le corresponde en concepto de la campaña de la renta de 2017.

También es importante tener en cuenta que si se apreciasen errores u omisiones en la declaración, la Agencia Tributaria podría rectificar el resultado de la liquidación, modificando así la cuantía a devolver o determinando su improcedencia.

¿Qué pasa si el dinero no llega?

La posibilidad está ahí: podría acabar el plazo del que dispone Hacienda para devolver el dinero a todos los contribuyentes y que alguien se quedase sin percibir su dinero.

En estos casos, en cuanto pasen los seis meses de margen, la legislación establece que de manera automática y sin que el contribuyente tenga que reclamarlo se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario desde el día siguiente al de la finalización del plazo, el 2 de enero de 2019, y hasta la fecha en que se ordene finalmente el pago.

Para este ejercicio, el interés de demora tributario, que se aprueba en los Presupuestos Generales del Estado, está fijado en el 3,75%.

Cómo consultar el estado

La web de la Agencia Tributaria permite la opción de conocer el estado en el que se encuentra la tramitación. Para consultarlo, hay que acceder al apartado 'Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)' dentro del apartado Renta 2017 del portal.

placeholder Trámites destacados en la web de la Agencia Tributaria.
Trámites destacados en la web de la Agencia Tributaria.


Incluyendo aquí las claves para acceder al perfil del usuario, podrá verse el punto del proceso en el que se encuentra la tramitación de la renta del pasado año.

La declaración de la renta es uno de los trámites administrativos anuales que más dudas genera entre los contribuyentes. Este año, el plazo para presentar la documentación necesaria ante la Agencia Tributaria finalizó el pasado 2 de julio y, desde entonces, el organismo público ha devuelto ya más de siete millones de euros a casi 12 millones de ciudadanos.

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