NUEVO ACCESO A LA UNIVERSIDAD: El 23 de diciembre de 2016 entró en vigor la nueva Orden ECD/1941/2016, por la que se la que se regula definitivamente la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, en el presente curso 2016/2017. ENLACE A LA ORDEN.
EXCEPCIÓN PARA LOS QUE CURSARON BACHILLERATO ANTERIOR: Entre otras instrucciones el Ministerio introduce una Disposición transitoria única titulada: Acceso a la Universidad para el alumnado que inició los estudios de Bachillerato conforme al sistema educativo anterior, que dice así:
En el curso 2016-2017, y en función de lo dispuesto por las administraciones educativas, el alumnado que se incorpore a un curso de Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, con materias no superadas de Bachillerato del currículo anterior a su implantación y curse dichas materias según el currículo del sistema educativo anterior, no necesitará superar la evaluación de Bachillerato regulada en la presente orden para acceder a los estudios universitarios oficiales de grado.
Se aplicará el mismo criterio al alumnado que obtuvo el título de Bachiller en el curso 2015-2016 y no accedió a la Universidad al finalizar dicho curso. En ambos casos, y cuando este alumnado no se presente a la prueba, la calificación para el acceso a estudios universitarios oficiales de grado será la calificación final obtenida en Bachillerato.
ALUMNADO QUE TITULE 2º DE BACH CON MATERIAS CURSADAS DEL CURRÍCULUM ANTERIOR: Aquellos alumnos/as que están repitiendo 2º de bachillerato y que iniciaron sus estudios de bachiller con la ley anterior a la LOMCE contarán con esta ventaja excepcional. Si titulan este año, cursando materias pendientes según el currículum del bachillerato anterior, podrán acceder a los grados universitarios sin tener que realizar la prueba de acceso a la universidad. Para estos casos se tendrá en cuenta solamente la nota media de las calificaciones de bachillerato.
ALUMNADO QUE TITULÓ EN EL 15/16 Y QUE NO SUPERÓ LA PAU: Lo mismo ocurrirá para los que hayan obtenido el título de bachillerato en el curso pasado (2015/2016) y no superaron la PAU. Para este curso podrán acceder a un grado universitario sin tener que superar ninguna prueba más, sólo con su nota media de bachillerato.
MEDIDAS PROVISIONALES Y TRANSITORIAS: La razón de esta excepción es que, con la implantación del nuevo currículo de la Lomce este año en el segundo curso, los estudiantes del modelo anterior se verían obligados a hacer una prueba con asignaturas y temarios que no han estudiado. Hay que tener en cuenta que estas excepciones sólo estarán vigentes para el acceso a la universidad en este curso 2016/2017. Puede que para el próximo curso ya no sea posible contar con esta "exención" de la prueba. A la espera de un Pacto de Estado social y político por la educación que regule definitivamente el tránsito a la educación superior, nos espera una época de cambios constantes y excepciones transitorias, que en esta ocasión suponen una justa ventaja para aquellos alumnos que se quedaron atrapados por un vacío normativo, como los que titulan a caballo de las dos leyes, LOE y LOMCE.
ALUMNADO QUE CURSA BACHILLERATO LOMCE: Esta prueba será obligatoria para acceder a la universidad para el alumnado que titule y que haya completado los dos cursos según el nuevo currículum de la LOMCE.
Aún no sabemos muchas cosas, como qué pasa con la nota de acceso de los que repiten Bachillerato LOE o no aprobaron la selectividad en cursos anteriores. O los que la aprobaron pero quieren subir nota ... Yo no me aclaro
Muchas gracias por la recopilación. Nos vendrá genial
ResponderEliminarGracias a Nuria Palao y Mónica Diz por sus resúmenes que tanto nos ayudan.
EliminarAún no sabemos muchas cosas, como qué pasa con la nota de acceso de los que repiten Bachillerato LOE o no aprobaron la selectividad en cursos anteriores. O los que la aprobaron pero quieren subir nota ... Yo no me aclaro
ResponderEliminarMuchas gracias por vuestra aportación, es de gran ayuda
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