nuevas tecnologías

España busca nuevas ideas para regular adecuadamente el vuelo de drones

La norma que regula de manera provisional el uso de aeronaves no tripuladas fue aprobada en julio de 2014. Dos años más tarde, España sigue sin una ley clara y exhaustiva, a diferencia de otros países.

Hace dos años, el Gobierno decidió regular la industria de los drones. Aunque el esfuerzo del Ejecutivo sirvió para marcar límites a este nuevo sector, también fue insuficiente. El real decreto ley 8/2014 sacó del limbo legal a estos artilugios, pero también se quedó a medio camino, al no ser exhaustiva.

La normativa dejó claro que estos aviones no tripulados no podrían volar sobre zonas urbanas ni aglomeraciones de personas, que nunca deberían sobrepasar los 120 metros de altura y que los profesionales que los utilizaran para un uso comercial deberían contar con una licencia de vuelo y tener registrado su aparato, pero también se quedaron muchos asuntos legales en el tintero.

Ahora, España debe dar un paso más para regular definitivamente este sector pujante. Ante esta situación, el legislador puede optar por esperar a que la UE defina una normativa armonizada -ya trabaja en ello- o se puede inspirar en los avances legislativos sobre drones que han generado diferentes países del mundo. Estos son algunos de los asuntos más relevantes que aparecen reflejados en estas normativas.

Privacidad

Habitualmente, los drones están equipados con una cámara fotográfica o de vídeo, por lo que podrían violar el derecho de privacidad e intimidad de los ciudadanos. Frente a esta posibilidad, países como Reino Unido, Italia o Estados Unidos han prohibido sobrevolar propiedades privadas. Suecia ha ido un paso más allá y su Tribunal Supremo Administrativo ha ilegalizado el uso de aviones no tripulados con este tipo de aparatos fotográficos al asimilarlos a las cámaras de vigilancia, por lo que los propietarios de estos drones deberán solicitar un permiso especial para poder utilizarlos.

En Francia está prohibido grabar vehículos o personas sin su consentimiento expreso y no se permite almacenar o distribuir esas imágenes sin haber conseguido el acuerdo de las personas que aparezcan en ellas. El Grupo Artículo 29, que agrupa a las autoridades de protección de datos europeas, ha solicitado que no se permita instalar herramientas que puedan geolocalizar o robar datos.

Clasificación

Actualmente, el real decreto ley español cuenta únicamente con tres niveles de clasificación de drones marcados por su peso: hasta 25 kilos de peso en despegue -la mayoría-; otro de entre entre 25 y 150 kilos; y los que tienen un peso superior a los 150 kilos, a los que se les aplicaría la normativa europea. Francia, sin embargo, cuenta con hasta siete niveles de clasificación -de A a G-, algo que se asemeja a las primeras propuestas realizadas por la Unión Europea, y que permitirá que la regulación no sea demasiado restrictiva con los aparatos de menor gramaje.

Transporte

No todos los países permiten que los drones sirvan para el transporte. En Japón, país que ha abrazado esta tecnología pero que ha regulado estrictamente su uso, especifica en su normativa que los drones no pueden transportar o entregar bienes o paquetes. En Italia, la autoridad de aviación señala que las aeronaves no tripuladas no pueden transportar objetos peligrosos. Sin embargo, países como EEUU o Australia sí lo permiten. Sin ir más lejos, este último país ha aprobado el uso de drones para la entrega de suministros médicos en zonas remotas del país.

Edad del piloto

La normativa española no apunta la edad mínima para hacer volar estos artilugios. Sin embargo, la regulación de países como Brasil, Japón o Alemania sí que marcan que los tripulantes de los drones deben haber cumplido 18 años. En el caso de EEUU, esta edad se rebaja hasta los 16.

Registro

En España, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) exige el registro de las aeronaves civiles por control remoto, cuyo peso exceda los 25 kilos, y que éstas dispongan de un certificado de navegabilidad. Sin embargo, el Parlamento Europeo pretende ir más lejos. El diputado del Partido Popular Europeo, Marian-Jean Marinescu, quiere imponer una regulación más estricta que imponga el registro obligatorio de los drones que pesen más de 250 gramos. Con esta iniciativa, el eurodiputado imitará la regulación elaborada por la Autoridad Federal de Aviación estadounidense, que, en diciembre de 2015, creó esta obligación.

Zonas prohibidas

Dejando de lado la prohibición de volar sobre zonas urbanas, aeropuertos o complejos industriales recogido en la regulación española, ciertos países han introducido expresamente en sus normativas la creación de zonas sin drones. En Alemania, no es posible operar una aeronave no tripulada sobre el distrito gubernamental de Berlín. En Tokio está prohibido pilotar uno de estos drones en el espacio aéreo sobre el palacio imperial o la sede del primer ministro. En Estados Unidos, la capital del país, Washington DC, es una zona de vuelo prohibido en su totalidad y el Gobierno permite que cada estado fije zonas prohibidas.

Posibles cambios normativos en España

Las empresas del sector esperan que se realicen cambios normativos respecto a los drones en los próximos meses. Entre los asuntos que más interés generan hay que destacar la posibilidad de levantar la prohibición de vuelo sobre zonas urbanas. Para conseguir este propósito, siempre habría que contar con un plan de vuelo y conseguir la aprobación de la Delegación de Gobierno. Otro asunto importante es poder volar más allá de la línea de vista. La legislación actual no permite esta posibilidad y se propone que pueda realizarse, únicamente, con aparatos que pesen entre dos y cinco kilos. Por último, también se busca lograr el permiso de vuelo en espacios aéreos controlados. Esta posibilidad, que significaría un paso de gigante hacia la convivencia entre la aviación tradicional y las aeronaves no tripuladas, implica la necesidad de realizar un concienzudo estudio, puesto que generaría riesgos adicionales a los que se debería encontrar una solución.

Tags